Imprimir

ARA SAN JUAN: LA CÁMARA DE APELACIONES RESPALDÓ A LA JUEZA MARTA YÁÑEZ


"Una clase magistral de Derecho Procesal", así definen los abogados penalistas consultados por Infobae el fallo mediante el cual el tribunal de alzada de la jueza Marta Yáñez dio por tierra con la pretensión de uno de los querellantes representantes de los familiares de los 44 marinos fallecidos en el hundimiento del submarino ARA "San Juan".


En soledad y en contraposición con las querellas llevadas adelante por Fernando Burlando (por intermedio de su letrada asociada Valeria Carreras) y Lorena Arias, que en conjunto representan a unas 30 familias de las 44 involucradas en la tragedia, Tagliapietra se mostrómolesto por la forma en que Yáñez lleva adelante la causa. La mayoría de los familiares se manifestaron en forma contraria a cuestionar a la magistrada, no solo por tener objeciones en su desempeño sino además por el hecho que un cambio de juez implicaría retrasar aún más la compleja investigación de Yáñez. El reducido grupo de representados por Tagliapietra, por el contrario, avaló la decisión del letrado.


Dentro de los argumentos esgrimidos por quien además de querellante es padre de uno de los oficiales navales fallecidos durante el siniestro figura la supuesta "enemistad manifiesta" que la Yáñez exteriorizara hacia su persona, la realización de reuniones de trabajo de la magistrada con la cúpula de la Armada y del Ministro de Defensa, alguna manifestación verbal de la jueza y la falta de celeridad en la tramitación de pedidos realizados por las querellas.


Javier Leal de Ibarra fue el único que dictó sentencia en un juicio unipersonal y fue desgranando uno a uno los planteos del abogado recusante: "La independencia e imparcialidad del Juez constituyen una de las garantías fundamentales y, por tanto, pilares del debido proceso". Con esta máxima judicial emanada de la Convención Americana de Derechos Humanos y del Pacto Internacional en la materia, se inician las consideraciones del tribunal.



"Es necesario destacar que cuando se solicita el apartamiento de vía de recusación, según se trate del aspecto subjetivo u objetivo de la imparcialidad, se aplican parámetros de apreciación diferenciales que se traducen en un requerimiento demostrativo de mayor intensidad en relación al primero de los supuestos". A partir de esta consideración inicial, el fallo del tribunal sostiene que las reuniones mantenidas por parte de la juez de la causa con el Ministro de Defensa de ese momento, Oscar Aguad, y con autoridades de la Armada Argentina, lejos de constituir una irregularidad, se enmarcan en el marco del sumario que se lleva adelante.


En lo concerniente al supuesto conocimiento previo que un oficial superior de la Armada ( Comodoro de Marina Gabriel Attis) tuvo de las imágenes obtenidas por el buque de la firma Ocean Infinity, el tribunal sostiene que esa actitud no tiene porque presumir prejuzgamiento por parte de la juez, sino que por el contrario se debió a poder hacer que el mencionado marino pueda explicar con solvencia a las familias lo que verían al momento de serles presentadas las imágenes.


"Resulta imposible pretender que el juez instructor se mantenga abstemio de todo vínculo o contacto con la fuerza militar a la que pertenecía el submarino, pue la característica de la misma nave dificulta de manera extrema la colaboración de otras instituciones". Sobre este aspecto del fallo, uno de los Peritos Navales vinculados con el seguimiento de la tragedia del ARA "San Juan" manifestó a Infobae: "Resulta inadmisible la pretensión del querellante que pretenda impedir al magistrado actuante indagar entre los profesionales civiles o militares expertos en materia de ciencia naval sobre cuestiones que hagan a su mayor comprensión acerca de los principios técnicos que rigen la ciencia y el arte de navegar".


Otra de las cuestiones que motivaron al querellante Tagliapietra a recusar a la magistrada guardaban relación con el supuesto adelantamiento de opiniones por parte de Yáñez que anticipaba sobreseimientos para todos los presuntos implicados en la tragedia, quedó claro para el cuerpo colegiado de alzada que la recusada solo se limitó a explicar a sus interlocutores los extremos posibles de darse en virtud del avance de las investigaciones.


Avanzando en su dictamen, la Cámara Federal rechazó los otros argumentos del recusante, como ser la supuesta enemistad personal, el prejuzgamiento de la responsabilidad del Presidente de la Nación, algunas actitudes de Yáñez acaecidas en el marco de la defensa ante un aparente maltrato de Tagliapietra a sus colegas querellantes mujeres, una presunta filtración de la declaración de un testigo y la declamada demora en proveer medidas solicitadas por la querella.


Fuentes cercanas al Juzgado Federal de Caleta Olivia, manifestaron a Infobae que Yáñez recibirá en las próximas horas el alta médica luego de una intervención quirúrgica y retomaría plenamente el manejo de la causa. La intención de la magistrada es continuar la tramitación del expediente aún durante la feria judicial de invierno y resolver, entre otras cuestiones, la citación a indagatoria del propio Tagliapietra que solicitó el fiscal federal de Caleta Olivia luego que un grupo de familiares denunciara en sede judicial que las firmas que obran en varios poderes de representación judicial en favor del abogado serían apócrifas.


Por último, aún está pendiente de resolución un pedido de juicio político planteado en el consejo de la magistratura contra Yáñez, pero todas las fuentes del organismo consultadas por Infobae, indican que el mismo adolece de severos defectos de forma y fondo que será desestimado en los próximos días.


FUENTE INFOBAE