LOS VETERANOS DE MALVINAS INICIARON UN RECLAMO JUDICIAL CONTRA LA ANSES POR 100 MIL MILLONES DE PESOS

La justicia concedi贸 el car谩cter de reclamo colectivo a la causa en la que los ex combatientes solicitan el cobro de casi 10 a帽os de pensi贸n de guerra adeudados por el ente previsional.
Publicado: 12-12-2019

Fue reci茅n en 1990, bajo la presidencia de Carlos Menem, cuando se produjo la sanci贸n de la ley 23.848 mediante la cual se concedi贸 a los ex combatientes de la Guerra de Malvinas, el derecho a recibir una pensi贸n honor铆fica por los servicios prestados a la patria. La norma reglamentada por el decreto 2634/90 fij贸 el monto de la retribuci贸n en una suma equivalente al monto de una jubilaci贸n m铆nima del sistema nacional de previsi贸n social. Los destinatarios del beneficio en principio fueron los ex soldados conscriptos que hubieran entrado en efectivas acciones b茅licas de combate entre el 02 de Abril y el 14 de Junio de 1982.


El Dr. Di Giuseppe junto a Veteranos de Guerra de Malvinas

El Dr. Di Giuseppe junto a Veteranos de Guerra de Malvinas



Con el tiempo se lleg贸 al entendimiento que la acci贸n b茅lica comprende no solo a quien 鈥減roduce un disparo鈥 sino adem谩s al todo el personal comprometido en la acci贸n, ya que el combatiente tiene en la retaguardia a alguien que le prepara la comida, que atiende el tema m茅dico y que transporta la munici贸n y los pertrechos necesarios. En virtud de ello, el derecho a pensi贸n se ampli贸 al personal civil que cumpli贸 tareas de apoyo de combate. Adem谩s, el haber jubilatorio fue equiparado a tres jubilaciones m铆nimas en lugar de una y se hizo extensiva al personal militar de carrera en situaci贸n de retiro


El reclamo


Desde la sanci贸n de la ley de pensi贸n de guerra, muchos veteranos comenzaron reclamos individuales para que la ley se aplique con fecha retroactiva a junio de 1982. Luego de varios reclamos personales y colectivos rechazados por Anses, en marzo de 2018 qued贸 habilitada la v铆a judicial cuando el apoderado de la Confederaci贸n de Combatientes de Malvinas dio inicio a la causa 13501/18 contra la Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social.


Miembros de la Confederaci贸n de Veteranos en tribunales

Miembros de la Confederaci贸n de Veteranos en tribunales


Si bien el universo de veteranos que reclamaban incluidos en el expediente judicial ronda los 10.000, en los 煤ltimos d铆as desde el Juzgado Federal de la Seguridad Social 2, a cargo del juez Fernando Strasser, se produjeron dos hechos que no han pasado desapercibidos por los funcionarios previsionales. En primer lugar, y en lo que seg煤n el patrocinante Dr. Walter Di Giuseppe constituye un hecho sin precedentes en la jurisprudencia nacional, el magistrado reconoci贸 el planteo como 鈥渃olectivo鈥 tal como se desprende de la c茅dula de notificaci贸n que el juez Strasser librara con fecha 21 de noviembre y en la que ordena la publicaci贸n de edictos para notificar a todos los juzgados previsionales del pa铆s que el expediente a su cargo determinaba la remisi贸n de cualquier causa relacionada con el tema.


Di Giuseppe le dijo a Infobae que este reconocimiento implica un efecto de universalidad respecto a la sentencia que eventualmente tenga la demanda, con lo cual la misma ser谩 de aplicaci贸n para todos los veteranos (unos 20.000) hubieran o no reclamado por v铆a judicial o extrajudicial. La otra medida dictada por Strasser fue declarar la causa como de 鈥puro derecho鈥, lo que equivale a 鈥減rescindir de la producci贸n de prueba y habilita al magistrado para pronunciar su fallo ante el "mero reclamo鈥. La Secretaria Letrada del Juzgado Federal Nro.2 Dra. Ver贸nica Stamatis confirm贸 la medida.



El abogado de la Confederaci贸n asegura que el nudo de la cuesti贸n est谩 en la presunta inconstitucionalidad del decreto reglamentario de la ley 23.848, el cual establece que la percepci贸n de la pensi贸n de guerra opera a partir del momento en que el beneficiario solicite la misma, y al mismo tiempo se帽ala que para el caso de los fallecidos el beneficio a percibir por sus herederos, ser谩 retroactivo a la fecha de deceso del combatiente.


Entendemos que la voluntad del legislador fue reconocer el beneficio a todos los veteranos a partir del mismo 02 de abril de 1982. El decreto reglamentario en forma caprichosa hace un distingo otorgando la retroactividad para los ca铆dos en combate o incluso muertos luego de finalizada la guerra y por causas ajenas a la misma y neg谩ndolo a los VGM que se encuentran vivos鈥, se帽ala el letrado. Para reafirmar sus dichos y tal como se帽ala en la presentaci贸n judicial sostiene: 鈥淓l derecho a esta pensi贸n se adquiri贸 en el campo de batalla y en los teatros de operaciones鈥.


En las 煤ltimas semanas la causa tom贸 un inesperado impulso y desde la Confederaci贸n dan por descontada una inminente sentencia antes de fin de a帽o. No obstante, en di谩logo con este medio, funcionarios del tribunal no aportaron una fecha estimativa de pronunciamiento. Mientras tanto otros abogados del fuero reconocieron que se est谩 siguiendo con especial inter茅s la resoluci贸n del expediente porque el mismo sentar谩 jurisprudencia en materia de sentencias universales. Esto en materia previsional es un verdadero punto de inflexi贸n, pues hasta el presente las sentencias por reclamos jubilatorios solo tienen efecto aplicativo respecto al o los demandantes.


Rub茅n Rada, l铆der de la Confederaci贸n Nacional de Combatientes de Malvinas

Rub茅n Rada, l铆der de la Confederaci贸n Nacional de Combatientes de Malvinas


Seg煤n las estimaciones del apoderado de la Confederaci贸n de Combatientes, considerando que entre haberes mensuales y aguinaldos no pagados a cada veterano se le adeudan alrededor de 130 meses de pensi贸n, sumando a esto las actualizaciones e intereses, se est谩 frente a un reclamo que implica (de obtener sentencia firme) una erogaci贸n para ANSES de unos 100 mil millones de pesos. Un monto 鈥渋mposible de pagar鈥 seg煤n han sostenido diversas fuentes previsionales consultadas por este medio.


Di Giuseppe sostiene que, de producirse una sentencia favorable para los veteranos, ANSES "como es l贸gico, apelar谩 inmediatamente la medida ante la C谩mara previsional. En ese caso me ver茅 en la obligaci贸n de plantear que el colectivo de los VGM se encuentran amparados por la legislaci贸n vigente en materia de discapacidad, esta situaci贸n hace que la Anses deba abstenerse de realizar acciones dilatorias y conf铆o en que llegado el caso la C谩mara lo tendr谩 en cuenta鈥.


Las autoridades salientes de la Anses manifestaron reiteradamente su convicci贸n que la demanda colectiva no ser铆a admitida por la justicia, pero ante la resoluci贸n del juez a partir del momento en que la misma fue admitida se instruy贸 a la letrada de la entidad Daniela K. Serafinelli a solicitar la suspensi贸n de las actuaciones invocando 鈥渘ulidad de instancia鈥 , lo que tambi茅n fue denegado por la justicia.


Seg煤n pudo saber Infobae, si bien la letrada representante de la Anses continuar谩 en funciones por ser miembro de la planta permanente del ente previsional, la profesional aguardar谩 que las nuevas autoridades del 谩rea legal del organismo oficial, definan los pasos a seguir ante un eventual fallo adverso.


FUENTE: INFOBAE




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